«¿Qué pasa legalmente con los adolescentes que hacen esos retos virales como ese rompe cráneos?»

«De un tiempo para acá los adolescentes hacen lo que les da la gana y la ley los protege»

«Los chamos necesitan la disciplina de antes, a punta de correa»

Estas son algunas de las frases que han llegado a mi desde que se hicieron virales los vídeos donde adolescentes través de «retos o juegos» atentan contra la salud e incluso la vida de otros/as adolescentes.

Ahora bien es importante señalar que este tipo de acciones constituyen «hechos punibles» (delitos) que pueden ser sancionados penalmente.

Pues si, así como lo lee, los/as adolescentes responden penalmente a sus actos, ¡Ellos! No sus padres/madres cómo a veces se cree.

¿Qué dice la ley?

En Venezuela desde que cumplen 14 años de edad hasta los 17 años con 364 días de edad pueden ser sancionados por el sistema especializado en esta materia, de forma diferenciada del adulto, por lo que la sanción más severa (privación de libertad) no excederá de 10 años.

¿Qué pasa con los que tienen menos de 14? Serán atendidos por el Consejo de Protección de NNA, de la localidad donde vive.

Sin intención también hay consecuencias

«Pero los adolescentes no tienen la intención de matar a nadie, son inmaduros y creen que es un juego o una broma» – igual responderían penalmente

El cementerio está lleno de personas que a alguien se le fue la mano al agresor y no era su intención acabar con su vida.

El juego tiene una intencionalidad que es causar daño, ya eso está mal. Ahora bien, la intensidad del daño no puede ser controlada, entonces varía su calificación, dependiendo de la consecuencia a la salud física y mental que genere en la víctima y si esa consecuencia estará presente de por vida (discapacidad) o si pierde la vida. Por lo que pueden ser lesiones graves, un tipo de homicidio, etc.

¿Qué hacer según la ley?

La situación debe ser denunciada ante las autoridades competentes (en Venezuela: Ministerio Público). No se hace daño al hacerlo, se hace justicia y se le enseña a los jóvenes que sus actos tienen consecuencias (así es la vida real).

Quién oculte u omita hechos como este, siendo representante o responsable, docente o personal de un centro educativo, también enfrenta sanciones penales por omisión de la denuncia (art. 275 de la LOPNNA).

Última recomendación

Si eres madre o padre de un/a adolescente, te sugiero ver la película «Hijos de la Calle» (Brad Pitt) dónde por un juego, adolescentes acaban con la vida de una persona, y como después de lo vivido en un centro de detención, sus vidas toman caminos inesperados.

Lic. Yenniffer Manzo – Trabajadora Social / Defensora de Niños, niñas y adolescentes – somosderechicos@gmail.com
Instagram: @Derechicos
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