¿Permisos de viaje para niños? ¿Qué debo saber sobre ello en Venezuela? En el presente artículo, te dejamos información importante sobre los nuevos lineamientos del SAREN  (SAREN DG 00781 CJ-0230-CN00789 – 19/07/2019)

¿Qué ha pasado hasta ahora?

A finales del mes de Mayo, el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN) emitió lineamientos en torno al otorgamiento de autorizaciones de viaje (permisos de viaje) a terceros a través de poderes, las cuales quedaban sin efecto a partir de ese momento y para ese grupo de personas.

Posteriormente, el 19/07/2019 (según comunicado SAREN DG 00781 CJ-0230-CN00789) esta institución ratifica los lineamientos emitidos en el mes de mayo y los hace extensivos a los poderes otorgados entre papá y mamá, quedando estos instrumentos o acuerdos sin efecto, derogados.

Luego, el día 02/08/2019 después de diversas reuniones entre representantes de instancias del Sistema de Protección de NNA y el SAREN, ratificaron los lineamientos emitidos y revisaron las atribuciones de cada uno de los involucrados, de dónde se ha generado el rumor de que las Notarías no emitirán ningún tipo de autorización de viaje para NNA, sin embargo hasta la fecha, los acuerdos de esta última reunión no se han comunicado formalmente al personal que labora en las notarías, ni al público en general (información verificada por mi persona en 4 notarías).

Esta situación ha generado ansiedad, angustia, incertidumbre y desesperación en buena parte de la población, mientras que por otro lado están quienes creen que son medidas que debían tomarse hace mucho tiempo.

¿Por qué se toman estas medidas sobre los permisos de viaje?

Desde que empezó este fenómeno migratorio en Venezuela, diversos especialistas en la materia emitieron alertas en torno al uso de estos poderes “amplios” que no gozaban de legalidad por cuánto no era atribución de las notarías acordar aspectos que estaban estrechamente vinculados a PATRIA POTESTAD, ya que cederle al otro/a progenitor/a e incluso a terceros responsabilidades propias parentales, relacionadas a la salud, educación, identificación, libre tránsito (viajes al interior y exterior), hasta cambios de residencia, todo en un mismo documento, tocaba la fibra de la patria potestad y eso es competencia exclusiva de los Tribunales de Protección de NNA.

Así como es atribución del Consejo de Protección de NNA emitir autorizaciones de viaje voluntarias a terceros en beneficio de NNA (art. 160, literal “h” de la LOPNNA).

Ahora bien, ¿Por qué se permitió que se desvirtuaran estos poderes hasta tal punto? ¿Por qué hasta ahora se dan cuenta de esto?… Pues algunos involucrados indican que en el día a día de querer apoyar al sistema de protección y a los ciudadanos/as, pues se cometió el error de notariar estos poderes que ahora quedaron sin efecto, todos derogados sin excepción.

¿Y ahora como se tramita la autorización? 

Debes tener presente que el poder que tenías ya no tiene efecto, no te servirá para tramitar permisos de viaje de tus hijos/as, a menos que en su momento lo hayas homologado ante el Tribunal de Protección de NNA.

Por lo que, si eres madre/padre y necesitas viajar con tu peque, pero:

  1. El/la otro/a progenitor/a está en el exterior, debes pedirle que envíe su autorización de viaje desde donde está residenciado, lo debe tramitar ante la representación Consular de Venezuela en ese país (no necesitaría ser apostillado, ni traducido) siempre y cuando esté realizada por personal “legítimo” (aclaratoria que hacen en migración en Venezuela), por aquello de la crisis política existente en nuestro país. La otra opción es hacer la autorización en una notaría del país donde se encuentra el/a progenitor/a, apostillarla y traducirla al español (si fue realizada en otro idioma). Una vez que llegue a Venezuela ese documento, usted puede tramitar la autorización de viaje ante el SAREN. El mismo proceso aplica para terceros, cuando uno de los progenitores está en el exterior solo que debe acudir al Consejo de Protección de NNA del Municipio que corresponda.
  1. Si ambos padres están en el exterior, y van a autorizar a un tercero, es decir no van a estar presentes para autorizar, la situación debe ser atendida por el Tribunal de Protección de NNA. Lo mejor en estos casos es que uno de los progenitores regrese a Venezuela y haga el trámite personalmente.
  1. Si no hay acuerdo entre los progenitores, porque alguien no quiere dar su autorización, o no se tiene información de su paradero, la autorización debe tramitarse por vía judicial, ante el Tribunal correspondiente.
  1. Si no es un viaje de paseo, sino que se residenciarán en otro país, debe solicitar un CAMBIO DE RESIDENCIA, ante el Tribunal correspondiente, y si uno de los progenitores no se encuentra en el país para autorizar el cambio de residencia, debe enviarla desde el país donde se encuentre, siguiendo las recomendaciones ya detalladas.
    Hasta la fecha, se realizan los procedimientos de esa manera en esa materia. Pero como los cambios se dan de forma abrupta en contextos de crisis humanitarias, pues debemos permanecer atentos a nuevos lineamientos que puedan emitir.

A continuación, encontrarás los requisitos para gestionar autorizaciones ante el SAREN, según nota de prensa publicada en el sitio web de esa institución (www.saren.gob.ve):

  1. “Datos del pasaporte del niño, niña y adolescente (incluyendo su vigencia).
  2. Datos de residencia y teléfono de contacto del niño, niña y adolescente, así como también del acompañante.
  3. Datos de residencia y teléfono de quien recibe al niño, niña y adolescente en el exterior (en caso que viaje con un tercero).
  4. Cinco fotografías actualizadas del niño, niña y adolescente (fondo blanco).
  5. No se emitirán autorizaciones de viaje terrestres sin boleto de retorno.
  6. Solo se emitirán autorizaciones de viaje vía terrestre con terceras personas cuando el mismo sea familiar directo del niño, niña o adolescente (indicar datos de parentesco cuando se trate de viaje con un tercero).
  7. No se emitirán autorizaciones para viajar cuyo retorno exceda los 90 días.

Es importante destacar que quedan eliminados los poderes a terceras personas, es decir, ambos padres deben autorizar el viaje. Asimismo, si alguno de los padres se encuentra en el exterior, deberá acudir al consulado o a una notaría en el país donde se localice para autorizar el viaje”.

Actualmente, el Saren ejecuta un operativo en los principales aeropuertos del país (José Antonio Anzoátegui, estado Anzoátegui; Arturo Michelena, estado Carabobo, Simón Bolívar, estado La Guaira y La Chinita en el estado Zulia).

El operativo se desarrolla de lunes a viernes de 8:00 a.m. hasta las 2:00 p.m. y los días  sábados y domingos de 8:00 a.m. hasta las 12:00 del mediodía hasta el 16/09/2019.

Fuente: información recabada personalmente por Lic. Yenniffer Manzo P. (Instagram @DERECHICOS)

Lic. Yenniffer Manzo – Trabajadora Social / Defensora de Niños, niñas y adolescentes – somosderechicos@gmail.com
Instagram: @Derechicos
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